Ventaja Legal

Identificación y excusas para las elecciones generales

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Synopsis

La Junta electoral central confirma que se exige para ejercer el voto en las oficinas de correos nuestra identificación y si no lo hacemos personalmente sino por medio de un tercero habrá que acompañar la correspondiente autorización que, como es habitual, habremos firmado y adjuntará también el documento que nos identifica. Nada, por tanto, a partir de ahora dejar el voto en los buzones de correos.